martes, 30 de junio de 2009

Cambios a las Leyes de la FIDE 2009

A partir del 1º. de Julio de 2009 entran en vigor los cambios a algunas de las Leyes de la FIDE, y dentro nuestra Federación las utilizamos sin cambio alguno.

Agradecemos a los Árbitros; A.I. Eduardo Sauceda, A.I. Enrique Zaragoza y A.I. Hugo Humberto Arroyo la contribución a la traducción de estos cambios y los comentarios.

Recuerden que es obligación de todos los ajedrecistas mantenerse al día para estas reglas y por supuesto recordar que estas son reglas para todos y no tiene ningun costo el poder informarnos de estos diferentes cambios, estas son para todos.

Se Adjunta la traducción realizada por la Federación Española, mientras se termina la traducción (basada en esta misma traducci{on y adaptada por el A.I. Eduardo Sauceda) por México misma que solo tiene algunos terminos a como se deben de leer en el País.

Durante la 79 asamblea de la FIDE, realizada en Dresde, Alemania, se revisaron las Leyes del Ajedrez. El nuevo texto entrará en vigor el 1 de Julio de 2009.

En muchos artículos se mejoró la redacción, se aclararon ambigüedades, e incluso se cambió la numeración, pero dichos cambios afectan muy poco en la práctica y no se comentarán en detalle.

A continuación se mencionan los artículos con cambios que tienen mayor importancia:

1.- En el artículo 4.4, la regla de pieza tocada sólo se aplica al jugador que está en turno. En la práctica siempre ha sido así, pero no estaba explícito en el reglamento. Desde luego, no es correcto tocar las piezas cuando el jugador no está en turno, pero esa falta debe considerarse dentro del artículo 12.6 (distraer al oponente).

2.- Según el artículo 6.6, si la convocatoria no especifica otra cosa, el tiempo de espera para perder una partida por incomparecencia es de 0 minutos (antes eran 60 minutos). Tal vez este sea el cambio más drástico en el reglamento. En los torneos por Sistema Suizo, cuando el número de árbitros es pequeño, la aplicación de la “cero tolerancia” es complicada y se presta a problemas. Por ende, se recomienda que en la convocatoria (o en su defecto en la junta previa) se especifique una tolerancia razonable, digamos 30 minutos para ritmo clásico o 15 minutos para rápido.

3.- Si hay un reloj con problemas, según el artículo 6.10b, el árbitro ahora usará su mejor juicio para corregir el tiempo desplegado, el contador de jugadas, la programación, etc. (anteriormente sólo se mencionaba el tiempo desplegado).

4.- En caso de que un jugador cometa 3 jugadas ilegales en la misma partida, en el reglamento anterior se le declaraba la partida perdida siempre, pero ahora se agrega una excepción: Si el oponente no tiene manera posible de dar jaque mate al rey contrario (usualmente por tener solo el rey), la partida se declara tablas (Artículo 7.4b).

5.- El artículo 9.1a ahora permite a los organizadores especificar un número mínimo de jugadas para que los jugadores acuerden tablas sin el consentimiento del árbitro. Y el artículo 9.1b es el antiguo 9.1, aplicable en caso de no haberse establecido este número mínimo de jugadas para aplicar tablas.

6.- Según el artículo 9.4, cuando un jugador toca una pieza pierde el derecho de reclamar tablas en esa jugada por repetición de posición (artículo 9.2) o por 50 jugadas consecutivas sin captura ni movimiento de peón (artículo 9.3). Antiguamente se perdía el derecho al realizar la jugada.

7.- El artículo 9.5 tiene dos modificaciones. Por una parte, ahora no es obligatorio detener el reloj para reclamar tablas por repetición de posición (artículo 9.2) o por 50 jugadas consecutivas sin captura ni movimiento de peón (artículo 9.3). Por otra parte, cuando el reclamo es incorrecto, se simplifica el castigo en tiempo: Ahora sólo se agregan 3 minutos al oponente, sin disminuir el tiempo del reclamante (aunque el árbitro puede quitarle tiempo según el artículo 12.6 si considera que el reclamo es sólo para molestar al oponente).

8.- Se aclara el artículo 12.3b, prohibiendo tener en la sala de juego cualquier medio de comunicación (incluyendo teléfono celular), a menos que esté completamente apagado. Si dicho aparato emite cualquier sonido, el jugador pierde la partida. El oponente gana, a menos que no tenga manera posible de dar jaque mate al rey contrario (usualmente por tener solo el rey), en cuyo caso su puntuación será de tablas. Esto significaría un resultado ½-0.

9.- Se agrega el artículo 12.3c, “Sólo se permite fumar en las secciones del edificio permitidas por el árbitro”.

10.- Al articulo 12.6 (distraer al oponente) ahora incluye “introducir una fuente de ruido al área de juego”. Es muy ambiguo, aparentemente se refiere a Ipods, pero podría aplicarse a gente que trae las llaves colgando o con muchas monedas en el pantalón. ¡Hasta zapatos que rechinan, caray!

11.- El nuevo articulo 12.10 menciona la posibilidad de apelar una decisión del árbitro, con la excepción de las decisiones del artículo 10.2 (tablas con menos de 2 minutos) y del apéndice D (mismo caso sin árbitro presente).

12.- Dentro de las sanciones que puede aplicar el árbitro (artículo 13.4 e y f), puede reducir los puntos obtenidos o aumentar los puntos obtenidos sólo en la partida disputada.

13.- El artículo 13.7 indica que un espectador que observe una irregularidad puede notificar al árbitro. Y nadie puede usar sin autorización del árbitro un medio de comunicación en el área de juego y áreas contiguas designadas por el árbitro.

14.- Se cambió el orden de los apéndices, y se agregó el apéndice F, que versa sobre el ajedrez 960 o Fischer random. Se eliminó el apéndice A (partida suspendida), y sólo se dan unas recomendaciones para este caso.

15.- En el apéndice A (Ajedrez Rápido), en artículo A1 indica que serán partidas rápidas las que duren menos de 1 hora por jugador (antes 1 hora por jugador era considerado rápido).

16.- En ajedrez rápido, según el articulo A3, si hay suficiente supervisión (no más de 3 partidas por árbitro, presumiblemente desde el inicio de la ronda), se aplican las reglas normales (sin obligación de anotar). Si no la hay, aplica A4, las antiguas reglas de ajedrez rápido.

17.- En ajedrez rápido, si no hay adecuada supervisión (artículo A4), ahora el árbitro puede intervenir si ambas banderas han caído. Anteriormente no estaba expresamente permitido.

18.- En ajedrez blitz (apéndice B), si hay un árbitro por partida, se aplica el reglamento normal (sin obligación de anotar); de no haberlo se aplica B3, el antiguo reglamento blitz.

19.- En ajedrez blitz, una jugada ilegal no puede ser corregida después de que el oponente hace su jugada, pero ahora agrega la excepción: A menos que ambos jugadores lo acuerden sin intervención del árbitro (artículo B3). ¡Buena suerte con los acuerdos de los jugadores!

20.- La anotación algebraica ahora es el inciso C. Ya no es obligatorio anotar x (captura), + (jaque) ni # (mate).

El ajedrez como Alternativa de Juego Educativo

COMPILACION
MAESTRO DAVID LÓPEZ REYES
PRESIDENTE DE LA ASOCIACION DE AJEDREZ DEL ESTADO DE MEXICO

El Centro de Alto Rendimiento de Ajedrez “Matlazincas” Edo de México, desde donde la Asociación Estatal de Ajedrez del Edo de México, ha centrado todos sus esfuerzos en lograr el sueño de muchas generaciones, de dar los primeros pasos para incorporar el Ajedrez a la Educación Básica, a través del Programa Piloto de Ajedrez Escolar 2009-2010, programa que tiene como objetivo dar los resultados o evidencias donde el ajedrez, enseñado de manera metódica genera el desarrollo de habilidades intelectuales, entre los educandos.

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